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El CODiNuCoVa reclama mayor control sobre las máquinas de vending para cumplir con la normativa sanitaria


Una de las máquinas de vending de un centro de la Generalitat Valenciana

 

Tras un año de la entrada en vigor de la Ley de fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros de la Generalitat Valenciana, desde el Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de la Comunitat Valenciana lamentamos que las máquinas de vending de centros de salud y centros educativos sigan ofertando productos ultraprocesados como patatas fritas y snacks, palitos de pan, bollería industrial y bebidas de distintos sabores con alto contenido en azúcar y altas concentraciones de cafeína.

La nueva normativa exigía un nuevo listado de productos que debían incluir obligatoriamente las máquinas de vending: como opción para hidratarse, las máquinas deberían contener agua envasada, leche desnatada o semidesnatada, refrescos sin azúcar añadido y zumos de fruta; y como tentempiés, yogures bajos en grasa y sin azúcar añadido, panes integrales, fruta fresca, frutos secos no fritos y bajos en sal y platos a base de vegetales frescos y sopas vegetales frías. No obstante, transcurridos el plazo de adaptación que daba el Decreto, la situación no ha cambiado.

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